domingo, 27 de abril de 2014

1. Introducción:


Un delito informático o ciberdelicuencia es toda aquella acción, típica, antijurídica y culpable, que se da por vías informáticas o que tiene como objetivo destruir y dañar ordenadores, medios electrónicos y redes de Internet. Debido a que la informática se mueve más rápido que la legislación, existen conductas criminales por vías informáticas que no pueden considerarse como delito, según la "Teoría del delito", por lo cual se definen como abusos informáticos, y parte de la criminalidad informática.
La criminalidad informática tiene un alcance mayor y puede incluir delitos tradicionales como el fraude, el robo, chantaje, falsificación y la malversación de caudales públicos en los cuales ordenadores y redes han sido utilizados como medio. Con el desarrollo de la programación y de Internet, los delitos informáticos se han vuelto más frecuentes y sofisticados.
Existen actividades delictivas que se realizan por medio de estructuras electrónicas que van ligadas a un sin número de herramientas delictivas que buscan infringir y dañar todo lo que encuentren en el ámbito informático: ingreso ilegal a sistemas, interceptado ilegal de redes, interferencias, daños en la información (borrado, dañado, alteración o supresión de datacredito), mal uso de artefactos, chantajes, fraude electrónico, ataques a sistemas, robo de bancos, ataques realizados por crackers, violación de los derechos de autor, pornografía infantil, pedofilia en Internet, violación de información confidencial y muchos otros.
Actualmente existen leyes que tienen por objeto la protección integral de los sistemas que utilicen tecnologías de información, así como la prevención y sanción de los delitos cometidos en las variedades existentes contra tales sistemas o cualquiera de sus componentes o los cometidos mediante el uso de dichas tecnologías.

2. Análisis importantes:

Luego de las duras críticas que se generó después que el Congreso aprobara, a fines de septiembre pasado, la Ley de Delitos Informáticos (Ley N°30096), el Gobierno del presidente Ollanta Humala promulgó hoy las modificaciones de siete de sus artículos.
La norma, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, detalla las modificaciones en los artículos 2, 3, 4, 5, 7, 8 y 10, tal y como acordó la Comisión Permanente, hace cuatro semanas. Estas correcciones apuntan a mejorar algunas generalidades expuestas en el texto original, las cuales podrían originar aplicaciones arbitrarias que atentarían contra la libertad de empresa y el periodismo de investigación.  
Según explicó el presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, Juan Carlos Eguren, en su momento, esta ley modificada busca incorporar la calidad de ‘deliberada’ e ‘ilegítima’ a los delitos de acceso ilícito, atentados a la integridad de datos informáticos y a la integridad de sistemas, interceptación de datos y fraude informáticos, así como el abuso de mecanismos y dispositivos de esta naturaleza.
En el anterior artículo 2, por ejemplo, señalaba que "el que accede sin autorización a todo o parte de un sistema informático, siempre que se realice con vulneración de medidas de seguridad establecidas para impedirlo, será reprimido con pena de la libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años y con treinta o noventa días de multa". 
Ahora el texto dice: "El que deliberada e ilegítimamente accede a todo o en parte de un sistema informático, siempre que se realice con vulneración de medidas de seguridad establecidas para impedirlo, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años y con treinta a noventa días de multa".   
Los artículos mencionados se refieren: Acceso ilícito, Atentado a la integridad de datos informáticos, Atentado a la integridad de sistemas informáticos, Proposiciones a niños, niñas y adolescentes con fines sexuales por medios tecnológicos. Asimismo, a la Interceptación de datos informáticos, Fraude informático y al Abuso de mecanismos y dispositivos informáticos. Es preciso recordar que esta ley busca sancionar conductas ilícitas que afectan sistemas y datos informáticos mediante el uso de tecnologías de la información o de la comunicación.

3. Resumen:


Es evidente que hoy en día la tecnología ha avanzado cuantiosamente y que esta es  utilizada tanto para cosas positivos como para fines adversos.
El delito informático es un asunto que sin duda en el Perú se está tomando mucha importancia ya que el congreso aprobó la ley de Delitos Informáticos (Ley N°30096).

En la actualidad hay entidades las cuales se encargan de luchar en contra de los delitos informáticos.

4. Comentario:


En lo personal estoy de acuerdo con que allá una ley que sancione este tipo de delitos ya que hay muchas personas que manejan muy bien esta tecnología sin embargo la utilizan  para perjudicar o dañar a empresas o personas así como también obtener beneficio personal.